miércoles, 10 de marzo de 2010

El sistema Jurídico y la influencia del entorno manifestado en diversas tendencias.

El sistema jurídico reúne las estructuras y las modalidades de funcionamiento de las instancias encargadas de la aplicación de reglas de derecho, así como los servicios que emanan de ellas. El sistema jurídico comprende así el aparato jurisdiccional, pero también el aparato no jurisdiccional.

Los cuatro principales sistemas jurídicos en el mundo son:

  • El sistema del Derecho continental.
  • El sistema de Derecho anglosajón.
  • El sistema de Derecho consuetudinario.
  • El sistema de Derecho religioso.

No obstante, el sistema jurídico de cada país presenta variaciones o bien integra ciertas instituciones de otros sistemas. Existen pues numerosos países que tienen un sistema jurídico mixto.

ECONOMÍA: La economía es la ciencia que se ocupa de la manera en que se administran unos recursos o el empleo de los recursos existentes con el fin de satisfacer las necesidades que tienen las personas y los grupos humanos.

GLOBALIZACIÓN: Es un término moderno especialmente usado para describir los cambios en las sociedades y en la economía mundial que resultan de un incremento sustancial del comercio internacional y del intercambio cultural.

POBREZA: La palabra Pobreza tiene un significado bastante amplio porque describe un gran campo de circunstancias que no se acaban de producir hoy, sino que son el resultados de la unión de acciones negativas que han ido sucediendo en el pasado y han dado como resultado el estado actual.
La Pobreza es en sí misma una serie de circunstancias que han llevado al difícil acceso y carencia de recursos necesarios, para satisfacer las necesidades básicas que necesita el mundo.

DIVISIÓN DE TRABAJO: La división del trabajo generalmente hablando trata de la especialización y cooperación de las fuerzas laborales en tareas y roles, con el objetivo de mejorar la eficiencia.

Cuando un trabajador realiza las distintas tareas necesarias para fabricar un producto, el rendimiento es lento, por ello hay que repartir las tareas.
  • División industrial: Se trata de la división de tareas dentro de una misma industria o empresa.
  • División vertical: Un conjunto de trabajos realizados antes por una persona o actualmente de lugar a distintas profesiones.

lunes, 8 de marzo de 2010

Marco Jurídico en México

Los asuntos informáticos que inciden en el ámbito del Derecho Civil o Penal, pueden ser regulados por cada una de las Entidades Federativas a su libre y mejor parecer.

El Congreso Federal, constitucionalmente, tiene facultades exclusivas para legislar sobre: industria cinematográfica, comercio, fiscalización superior de la federación, leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123 Constitucional, nacionalidad y extranjería, migración, salubridad, coordinación de la educación, generación, difusión y aplicación de conocimientos científicos y tecnológicos, entre otras.

De lo anterior podemos observar que todo el comercio electrónico, contratos electrónicos mercantiles, fenómenos informáticos que afecten vías generales de comunicación, delitos informáticos regulados por el Código Penal Federal (piratería, destrucción de información), los contenidos de Internet que impliquen delito federal (pornografía, casinos), el correo electrónico (si legalmente se equiparara al correo convencional) constituyen materia federal y por tanto, son o deberán ser regulados por leyes federales.

Dada la importancia, la trascendencia, el carácter global e internacional de la Internet, de las Tecnologías de Información y Comunicación y de las herramientas tecnológicas que pueden afectar las relaciones económicas y sociales, lo ideal u óptimo es que se eleve a nivel federal la materia informática, sea cual sea su ámbito de aplicación o la rama del Derecho en la que incida, para lo cual se hace necesario reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 73.

Establecido lo anterior, se procede a plantear el panorama general que presenta la legislación mexicana en materia de fenómenos informáticos.

  1. Delitos informáticos.
  2. Contratos electrónicos y firma electrónica.
  3. Protección de la privacidad y de la información.
  4. Propiedad Intelectual.
  5. Cómputo forense.
  6. Contenidos de Internet.